Concejo Cantonal aprobó en primera instancia la Ordenanza que Determina los Criterios para la Selección, Ubicación y Construcción de Monumentos, Murales y Composiciones Artísticas en el Cantón Riobamba

En sesión Ordinaria del miércoles 29 de julio del 2020, Concejo Municipal aprobó en primera discusión la Ordenanza que Determina los Criterios para la Selección,  Ubicación y Construcción de Monumentos, Murales.  Este cuerpo normativo tiene por objeto determinar los espacios, así como la logística y la asignación geográfica de monumentos, murales y demás composiciones artísticas de la ciudad.

Esta normativa busca regular esta actividad a fin de obtener un crecimiento ordenado dentro de este eje; para obtener la autorización correspondiente los ciudadanos deberán presentarán los siguientes requisitos: 

Respaldo colectivo.- A la petición de erigir el monumento, murales y composiciones artísticas, se adjuntará las firmas  de respaldo  de los habitantes del sector, barrio, instituciones, organizaciones u otros actores de la sociedad del lugar donde se proponga  el proyecto.

Proyecto.- Deberá contener:

Propuesta de ubicación; 

Diseño del monumento, mural o composición artística debidamente dimensionado y a escala de fácil legibilidad, observando para el efecto lo dispuesto en la letra g del artículo 214, artículos 613 y 614 de la Ordenanza del Código Urbano.

Para proyectos que superen 40 m2 del área de intervención o por su complejidad, deberán presentar estudios estructurales.

 

Memoria técnica: Contendrá: 

Referencia histórica (de ser el caso);

Antecedentes;

Exposición de motivos que justifiquen la ubicación; 

Análisis de factores, que deben considerar:

Carácter simbólico: Debe tener una relación estrictamente con el área de ubicación de un monumento, es decir en el contexto de exhibición.

Ornato: Embellecimiento, incrementar el atractivo.

Funcionalidad: Evitar que el monumento, escultura o composición obstruya la circulación, impida la visibilidad del tránsito o genere impacto en el medio ambiente.

Congruencia con el entorno y ambiente que los circunde;

Visibilidad y accesibilidad; y, 

Características de diseño, dimensionamiento, escala, volumen, simetría, equilibrio,         textura y las que sean necesarias de acuerdo a la metodología artística a emplear.

c) Financiamiento.- Además de los documentos habilitantes se hará constar las posibles fuentes de financiamiento con las respectivas cartas de compromiso o certificaciones de disponibilidad de recursos.

El proyecto de monumentos, murales y composiciones artísticas no inducirá a errores malsonantes, que provoquen controversia, que sean discriminatorios o violentos.

Requisitos adicionales para el caso de monumentos. - A más de las señaladas en el  artículo 5 de esta Ordenanza se deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Nominación. - Que el nombre que se proponga corresponda a personajes,  instituciones u organizaciones que prestaron relevantes servicios a la comunidad, represente hechos o acontecimientos notables, genere identidad y, sea solicitado por un ciudadano o ciudadana, representante (s) de la colectividad, gremios profesionales o asociaciones; y, 

 

Justificación. - Se adjuntará la hoja de vida o trayectoria histórica y cronológica de los hechos relevantes y trascendentes, debidamente justificados con documentos probatorios.

 

Después de entregar toda la documentación se conformará la Comisión Técnica integrada por los Directores Generales de Gestión de Cultura Deportes y Recreación, de Gestión de Patrimonio y Gestión de Ordenamiento Territorial, quienes emitirán sus informes en el término de 15 días. 

 

En el transcurrir de la sesión se conoció el deceso del ex alcalde José Mancero Logroño, por el cual la primera autoridad de la ciudad solicitó un minuto de silencio en homenaje.  De igual forma se dio por conocida la Resolución Administrativa Nro. GADM-ALC-2020-0042-R, de la Declaratoria de Utilidad Pública y ocupación inmediata con fines de expropiación de una parte del inmueble de propiedad de la Asociación de Empleados Municipales, ubicado en la avenida Saint Amand Montrond y avenida Gonzalo Dávalos.

 

Se conoció el dictamen de la Comisión de Ordenamiento Territorial, Urbanismo y Vivienda, sobre la ampliación de plazo para para la ejecución de obras de infraestructura de la Urbanización Akropolis Lof. Dentro del informe de Alcaldía se dio a conocer las actividades del COE Municipal, referente a los operativos de control y actividades en beneficio de la ciudad. 

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