Respetemos la Ordenanza que regula los espacios para la propaganda electoral

Los distintos partidos, movimientos y organizaciones políticas el Municipio de Riobamba se les informa que esta prohibido la ubicación de propaganda electoral en bienes patrimoniales, monumentos, árboles y señales de tránsito. Se permite propaganda electoral móvil de fácil remoción y que no cause daño en postes, aceras y calzadas.

 

En caso de incumplimiento se aplicará las siguientes sanciones: Si la propaganda está fuera de la zona delimitada como área de protección del centro histórico y dentro de la misma se impondrá una sanción equivalente entre una a dos remuneraciones básicas unificadas y el retiro inmediato de la propaganda electoral.

 

Si la organización política o sus candidatos en el plazo de 30 días contados a partir de la fecha de finalización de los comicios, no ha cumplido con la restitución de la fachada del predio, el propietario del inmueble será el responsable directo de restituir a su estado anterior; en el caso de pintura y murales serán responsables solidarios los propietarios de dichos bienes inmuebles cancelarán una multa de cinco remuneraciones básicas unificadas.

 

A través, de la Comisaría Municipal, actuará de oficio retirando la propaganda removible, pegada o pintada en murales, en estos casos los costos serán cobrados a través de la emisión del respectivo título de crédito a nombre del representante legal de la organización política, candidato y propietario del bien inmueble que haya inobservado esta normativa; y, notificará a la Delegación Provincial del Consejo Nacional Electoral para su conocimiento y trámite correspondiente.

 

Las sanciones establecidas en la presente Ordenanza serán ejecutadas por el Comisario Municipal de Riobamba, procederá de conformidad a lo dispuesto en la segunda parte del cuarto inciso del Art. 395 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

 

El retiro de la propaganda electoral deberá realizarse dentro de los 30 días plazo, una vez finalizado los comicios electorales.

 

Para los fines de esta Ordenanza, la delimitación como área de protección del Centro Histórico es la siguiente; intersección de las calles Avda. Miguel Ángel León y Avda. Unidad Nacional, Orozco, Francia, Junín, Alvarado hasta la intersección con la calle Villarroel, Francia y cierra el circuito la Avda. Unidad Nacional.

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