Hasta el 08 de marzo se limita el plazo para legalización de publicidad exterior fuera del centro histórico

 
Con el afán de dar cumplimiento a lo estipulado en el libro 5 capítulo 1 del Código Urbano, vigente desde el 8 de diciembre de 2017, el Municipio de Riobamba, a través de la dirección de Ordenamiento Territorial,  pone en marcha el plan que norma la publicidad en la ciudad, en las zonas ajenas al centro histórico y bienes inmuebles no inventariados del cantón
 
De acuerdo al documento, en lo que respecta al uso del espacio público para publicidad exterior, es inminente su regulación, con el fin primordial de que su colocación  no atente contra la seguridad de las personas, de los bienes y del ambiente.  Este contenido promueve la realización de mantenimientos que mejoren el ornato y el paisaje en las áreas públicas y privadas de Riobamba.
 
Este Título es de aplicación obligatoria para la instalación de la publicidad exterior realizada por personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, en las áreas públicas o privadas dentro de la circunscripción territorial cantonal.
 
Las tipologías  de rótulos publicitarios  están reguladas en el Código Urbano de acuerdo al tamaño, ubicación y características; cada una presenta su especificidad y se clasifica de la siguiente manera:
 
Tipo A: paleta en acera; tipo B: paleta en parterre; tipo C: valla en parterre; tipo D: valla en propiedad privada instalada en edificación terminada; Tipo D: valla en propiedad privada instalada sin edificación terminada (Predio Vacío); tipo E:  macrovallas y Tipo F: gigantografías.
En cuanto al tipo G, este refiere la instalación y autorización de símbolos en bandera sobre línea de fábrica, únicamente para los servicios de emergencia, unidades de salud pública y privada, farmacias, Policía, Cruz Roja, Bomberos y Defensa Civil. Esta norma no procederá en el centro histórico, y áreas patrimoniales del cantón Riobamba
 
El objeto es normar la instalación y exhibición de la publicidad, con el fin primordial de que su colocación  no atente contra la seguridad de las personas, de los bienes y del ambiente.  Mejorar el ornato y el paisaje en las áreas públicas y privadas de Riobamba es también la meta.
 
La legalización de la publicidad consiste en la entrega de contratos que, con vigencia de un año, que permiten la instalación y exhibición de la publicidad, con anclaje a la tipología establecida en el Código Urbano.
 
Para conocer con detalle la tipología de la publicidad, los interesados deben ingresar a la página web www.gadmriobamba.gob.ec  o acercarse a las instalaciones de la dirección de Ordenamiento Territorial, ubicada en las calles Primera Constituyente y Tarqui.
 
Hasta el 15 marzo se  limita el plazo para la regularización de publicidad exterior. En caso de incumplimiento, se procederá a su retiro y aplicación de la debida  sanción.
 
La publicidad no podrá violar derechos constitucionales, no podrá ser engañosa, sexista, racista, subliminal  ni discriminatoria.
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