Concejo Municipal aprobó reformas a la Ordenanza 013-2017 del Código Urbano

El lunes 6 de mayo en sesión extraordinaria del Concejo Municipal por mayoría de los concejales aprobó en segunda discusión la reforma a varios artículos de los siete libros que compone la Ordenanza al Código Urbano, el siguiente paso será la publicación de este nuevo cuerpo normativo en el Registro Oficial para que entre en vigencia, mismo que se espera esté listo en un tiempo menor a 15 días.

Pablo Romero, director de Gestión de Ordenamiento Territorial explicó que para establecer las reformas se realizó un trabajo de casi un año acogiendo los criterios y sugerencias por parte de la ciudadanía y profesionales de la construcción quienes entregaban sus aportes a un grupo multidisciplinario que estuvo liderado por un equipode técnicos y jurídico institucional.

Estas reformas son ancladas a las nuevas leyes sancionadas a nivel nacional como el Código Orgánico Administrativo que entró en vigencia a mediados del año 2018, al igual que la Ley de eficiencia de trámites en el sector público, en este proceso se cumplió dos parámetros que son la reforma a una nueva ley vigente y el otro con los requerimiento de la ciudadanía con respecto a la normativa del Código Urbano.

El Director de Gestión de Ordenamiento Territorial, manifestó que esta normativa está compuesta de siete libros de los cuales el  Libro II del Plan de Uso y Gestión de Suelo se dio un cambio fundamental en el tema de anclar las actividades económicas con respecto a los que constan en el SRI, toda vez que previo a la reforma existía un desenlace entre esta institución y las que constan en el Municipio de Riobamba, además se realizó un barrido catastral de las actividades económicas en toda la ciudad para identificar que actividades están siendo emplazadas dentro del territorio, realizar un diagnóstico y propuesta definitiva, esta actividad se cumplió con estudiantes de la Universidad Nacional de Chimborazo.

Otra de las reformas fue el cambio de la tramitología, reduciendo tiempos al máximo y estableciendo procedimiento de cada uno de los subprocesos y aprobaciones, de la misma manera  el estudio morfológico que estipula que los profesionales que cuentan con un proyecto en terrenos que no cumplen con estándares mínimos de la planificación territorial actual del Código Urbano, puedan realizar un proyecto con ocupación de retiros con el fin de  cumplir con la necesidad de los dueños de las viviendas.

Con respecto al régimen sancionador por infracciones en fraccionamiento y edificación, las multas se aplicarán en contravenciones leves del 10% a 50 salarios mínimos vitales y en las graves de 50 a 100 salarios, de acuerdo a lo que establece la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión de Suelo.

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