Los pases de niño una tradición que se vive en RIOBAMBA

 

El Municipio de Riobamba a través de la Dirección de Gestión Turística, informa a la ciudadanía que se amplió hasta el 12 de diciembre próximo, el plazo para receptar solicitudes para realizar los Pases del Niño que se efectuarán durante las festividades de Navidad 2016 y Año Nuevo 2017.

Balvanera Cruz, Directora de Gestión de Turismo Municipal, informó que la atención se realizará incluso los días sábados, aplicando el mismo proceso del anterior año, ya que dieron buenos resultados facilitando la obtención del documento final para la ejecución de esta fiesta tradicional en nuestra ciudad.

El proceso consistirá en llenar una solicitud que se deberá obtener en la pág. Web: www.gadmriobamba.gob.ec, teniendo en cuenta que el Municipio de Riobamba autoriza la realización de los Pases del Niño del 5 de diciembre de 2016 al 23 de enero de 2017.    

Para la obtención de la autorización definitiva, en la solicitud los interesados deberán dar a conocer varios aspectos como: fecha de la realización del evento, propuesta del recorrido, dirección de la parroquia; esto reemplazará a la obtención del uso de suelo, Cuerpo de Bomberos, Gestión de Riesgos, Dirección de Gestión de Movilidad e Intendencia de Policía.

Dentro del formulario se podrá encontrar una opción en la cual se solicita a los ciudadanos informar sobre otras actividades a parte de la realización de los Pases del Niño como las vísperas, albazos, novena y otros eventos donde sea necesario el uso de la vía pública.

Para ello deberán obtener el permiso de uso de suelo de la municipalidad y la autorización definitiva en la Intendencia de Policía ya que el formulario anterior servirá para el desarrollo del evento de los Pases del Niño.

Los Pases del Niño que no cuenten con  permiso serán suspendidos; en base a la siguiente normativa: Ordenanza N. 004. Ocupación y cobro de la utilización de la vía pública, emitida en 1994. Que señala lo siguiente:

Artículo 5. El uso de la vía pública únicamente puede ser utilizado para el tránsito de peatones y vehículos de manera normal en la forma y condiciones que permita y reglamente la presente Ordenanza.

Art. 19.- Toda ocupación de la vía pública que no esté prevista en esta Ordenanza, deberá obtener la autorización del señor Alcalde, previo informe favorable de la Comisión.

Art. 22.- Toda infracción a esta Ordenanza será sancionada por el señor Comisario Municipal con una multa, que de acuerdo a su importancia serán desde el 10 al 50 %, del Salario Mínimo Vital Vigente.

En caso de reincidencia el permiso de ocupación será cancelado definitivamente, mediante un acta de juzgamiento que en formularios numerados e impresos serán legalizados por el señor Comisario Municipal.

 

Debiendo el original entregarse en Tesorería Municipal para su recaudación, el duplicado se archivará en la Comisaría Municipal y la tercera copia corresponderá al Recaudador respectivo.

 

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